lunes, 11 de abril de 2011

Los Planes de Pensiones


Un plan de pensiones es una modalidad de ahorro a largo plazo, que te permite ahorrar cómodamente, para que puedas disponer de un capital o una renta en el momento de la jubilación o en caso de incapacidad y, en caso de fallecimiento, para que puedan disponer del mismo tus beneficiarios.
Pero, además, los planes de pensiones son, hoy por hoy, el producto que te permite obtener el máximo ahorro fiscal en tu declaración de la renta (o eso dicen).

Los planes de pensión son productos a muy largo plazo y en su contratación se fija un desembolso que el cliente debe realizar mediante cuotas mensuales a la entidad financiera a lo largo de todo el año y durante muchos años, hasta llegada la hora de la jubilación. Será entonces cuando la persona que contrató su plan de pensión podrá recibir una renta mensual o todo el capital, según pactara en el momento de la contratación del plan.

El objetivo de un plan de pensiones no es otro que el de servir de ayuda a la hora de la jubilación. Esto se traduce en, un complemento de la pensión que a cada persona se le asigna según el puesto de trabajo que haya desempeñado.
Pero, ¿Se puede recuperar el dinero antes? La respuesta es sí, pero sólo en los siguientes casos:
  • Muerte.
  • Invalidez o incapacidad.
  • Enfermedad grave.
  • Dependencia severa.
  • O desempleo por tiempo superior a doce meses y no se esté cobrando el subsidio de desempleo.


A veces, hablando sobre este tema puedes escuchar una pregunta parecida a esta.
¿Y si voy pagando cada mes hasta que me jubile, lo que me devolverán será ese dinero o algo más?
Bueno, no hace falta ser el Capitán Obvio para responder a esa pregunta… Evidentemente se recibirá más dinero, sino, no tendría sentido contratar un plan de pensiones.
Lo que se obtendrá será el dinero aportado más los rendimientos generados por la inversión que dependerán de lo arriesgado que se haya contratado el plan de pensiones. Se puede haber invertido en acciones, en divisas, en renta fija... Además, hay entidades gestoras que invierten de maneras diferentes (y que les salga mejor) y de esto también dependerá que se obtengan más rendimientos en unos planes de pensiones que en otros.


Por último vamos a clasificar los planes de pensiones. Estos están sujetos a varias clasificaciones dependiendo de quién los promueve, qué tipo de inversiones realizan y qué obligaciones se estipulan en su contrato.

1º Planes de pensiones según el tipo de inversores.
En función de quien los promueve, los planes de pensiones pueden ser:

  • Individuales: son aquellos que una persona contrata con una entidad financiera por iniciativa propia e independientemente.

  • De empleo: aquellos cuyo promotor es una empresa determinada. Funcionan como un tipo de retribución a los trabajadores.

  • Asociados: son los que se contratan para un colectivo determinado. El promotor suele ser una asociación y los partícipes, sus miembros.

2º Planes de pensiones según forma de inversión.
En función del tipo de inversiones que realizan, los planes de pensiones pueden ser:

  • Renta Variable: son aquellos que, como mínimo, invierten un 75% del capital en renta variable y el resto, en renta fija. La renta variable es un tipo de inversión cuya rentabilidad está en función de la cotización de los valores en los que se invierte.
  • Renta Mixta Variable: aquellos que invierten entre un 30% y un 75% del capital en renta variable y el resto en renta fija.

  • Renta Fija: son aquellos que solamente invierten su capital en renta fija. Ésta es un tipo de inversión en la que se conoce la rentabilidad que va a generar desde el momento en que se hace.

  • Renta Fija Mixta I: son aquellos que invierten hasta un 15% del capital del fondo en renta variable y el resto en renta fija.

  • Renta Fija Mixta II: son aquellos que invierten entre un 15% y un 30% del capital del fondo en renta variable y el resto en renta fija.

3º Planes de pensiones según el tipo de aportación.
En función de las obligaciones exigidas en su contrato, los planes de pensiones pueden ser:

  • Planes de aportación definida: cuando se establece el importe económico que cada persona debe depositar.

  • Planes de prestación definida: son aquellos en los que se establece la cantidad económica que las personas van a recibir en el momento de la jubilación, o cualquier otra situación autorizada para el cobro de las prestaciones. Suelen ser a plazo fijo.

  • Planes mixtos: son una mezcla de los dos anteriores. En ellos se fijan los importes económicos que cada partícipe debe aportar y la cantidad que recibirá tras cumplirse los requisitos establecidos para el cobro del plan de pensiones.

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